BASES LEGALES DEL SORTEO “ESCALA DUBAI – DÍA DE LA MADRE 2026”

CLÁUSULA 1.- EMPRESA ORGANIZADORA
La entidad BEATCLAP S.L., con domicilio social en Calle Pedro Muñoz Seca, 2, 6ª planta, 28001 Madrid (España) y NIF B01716257, titular y/o gestora de la marca comercial ESCALA DUBAI (en adelante, “ESCALA DUBAI” o la “Organización”), organiza en las fechas indicadas a continuación un sorteo promocional gratuito, sin obligación de compra, denominado “ESCALA DUBAI – DÍA DE LA MADRE 2026” (en adelante, el “Sorteo”), de acuerdo con los requisitos, términos y condiciones establecidos en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).

La Organización se reserva el derecho de interpretar estas Bases, así como de resolver cuantas incidencias puedan surgir en el desarrollo del Sorteo.

CLÁUSULA 2.- OBJETO Y FINALIDAD DEL SORTEO
La finalidad del Sorteo es promocionar la marca ESCALA DUBAI, aumentar su notoriedad en redes sociales, incentivar la participación e interacción de usuarios en Instagram y obtener contenido de carácter promocional, publicitario, comercial y/o corporativo generado por los propios participantes, todo ello en los términos previstos en estas Bases.
La participación en el Sorteo comporta la aceptación expresa, plena e incondicional de las presentes Bases por parte de cada participante.

CLÁUSULA 3.- ÁMBITO TERRITORIAL Y CARÁCTER DEL SORTEO
El Sorteo tendrá ámbito territorial España.
La participación en este Sorteo es gratuita y no implica desembolso económico alguno, contratación de servicios ni compra de productos.

CLÁUSULA 4.- DURACIÓN DEL SORTEO Y PLAZO DE PARTICIPACIÓN
El periodo de participación en el Sorteo comenzará desde la fecha y hora de publicación del post o publicación promocional correspondiente en la cuenta oficial de Instagram de ESCALA DUBAI (@escaladubaioficial) y permanecerá abierto hasta el domingo 19 de abril de 2026 a las 23:55h. A todos los efectos, la convocatoria quedará cerrada el domingo 19 de abril a las 23:55h. fecha en la que finalizará el plazo para participar. No se admitirán participaciones recibidas, publicadas, subidas o completadas con posterioridad a dicho momento.
La Organización se reserva el derecho de ampliar, reducir, prorrogar, suspender o cancelar el periodo promocional por causa justificada, comprometiéndose, en tal caso, a comunicarlo por los mismos medios en que se hubiera difundido el Sorteo o por aquellos otros que estime adecuados.
Asimismo, la celebración efectiva del Sorteo queda condicionada a que se alcancen al menos treinta y una (31) participaciones válidas. En caso de no superarse dicho umbral mínimo de participación, la Organización podrá cancelar o dejar sin efecto el Sorteo, sin que ello genere derecho a reclamación, compensación o indemnización alguna para los participantes.

CLÁUSULA 5.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar en el Sorteo todas aquellas personas físicas que cumplan cumulativamente los siguientes requisitos:
a) Ser mayores de 18 años en la fecha de participación.
b) Tener residencia legal en España.
c) Disponer de una cuenta real, activa y pública o accesible en Instagram durante el periodo de comprobación y resolución del Sorteo, de modo que la Organización pueda verificar la publicación o contenido participante.
d) Cumplir íntegramente la mecánica de participación prevista en estas Bases.
e) Aceptar estas Bases y la política de privacidad aplicable.
f) Actuar en nombre propio y, en caso de incorporar la imagen, voz o cualesquiera otros elementos personales de terceros, disponer de todas las autorizaciones, permisos y consentimientos legalmente exigibles.
La participación en el Sorteo implica que el participante cumple con los requisitos establecidos y que respeta y cumple las condiciones de Instagram.
La Organización podrá solicitar en cualquier momento la documentación necesaria para comprobar la edad, identidad, residencia y legitimación del participante, así como la concurrencia del resto de requisitos exigidos en estas Bases.

CLÁUSULA 6.- MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN

Para participar válidamente en el Sorteo, durante el periodo de vigencia indicado en la cláusula 4, cada participante deberá realizar, de forma cumulativa, todos y cada uno de los actos siguientes:

  1. Seguir la cuenta oficial de Instagram de ESCALA DUBAI (@escaladubaioficial).
  2. Compartir mediante mensaje directo (DM) en Instagram cualquiera de los siguientes contenidos:
    • un (1) vídeo con su madre, o
    • dos (2) fotografías con su madre.
  3. Etiquetar a dos (2) perfiles reales de Instagram en la publicación o conforme se indique expresamente en la creatividad o copy promocional del Sorteo.

Adicionalmente, con carácter opcional, el participante podrá:

  1. Compartir la publicación del Sorteo en sus stories de Instagram, mencionando o etiquetando a la cuenta oficial (@escaladubaioficial).

La realización de esta acción opcional otorgará al participante una (1) participación adicional o voto extra en el Sorteo.

El participante deberá mantener su perfil y el contenido compartido accesibles, visibles y no eliminados, así como continuar siguiendo la cuenta oficial, al menos hasta la resolución del Sorteo y la eventual comprobación de requisitos por parte de la Organización.

Cada participante garantiza y declara que el contenido con el que participa:

  • es original o cuenta con todos los derechos, licencias, permisos y autorizaciones necesarias para su uso y cesión en los términos previstos en estas Bases;
  • no vulnera derechos de propiedad intelectual o industrial, derechos de imagen, honor, intimidad, protección de datos personales o cualesquiera otros derechos de terceros;
  • no contiene material ilícito, ofensivo, obsceno, violento, discriminatorio, difamatorio, vejatorio, sexualmente explícito, engañoso o contrario a la buena fe, al orden público o a la legislación aplicable;
  • no incorpora música, imágenes, marcas, obras audiovisuales, elementos gráficos o cualquier otro contenido titularidad de terceros sin la debida autorización.

Asimismo, el participante garantiza que cuenta con el consentimiento expreso de las personas que aparezcan en el contenido (incluida su madre), para su participación en el Sorteo y, en su caso, para la utilización del mismo conforme a estas Bases.

La Organización se reserva el derecho de excluir cualquier participación que, a su juicio razonable:

  • incumpla las presentes Bases;
  • resulte fraudulenta, simulada o realizada de mala fe;
  • haya sido realizada mediante perfiles falsos, bots o sistemas automatizados;
  • incluya contenido ilícito o inadecuado;
  • o impida o dificulte la correcta comprobación de la participación.

La participación en el Sorteo implica la aceptación íntegra de estas Bases, así como el cumplimiento de las condiciones, normas y políticas de Instagram.

Instagram no patrocina, avala, administra ni está asociado en modo alguno a este Sorteo.

CLÁUSULA 7.- CONTENIDO ADMITIDO Y DECLARACIONES DEL PARTICIPANTE
El participante declara, garantiza y responde frente a ESCALA DUBAI y frente a terceros de que:
a) El contenido remitido, subido, publicado o etiquetado para participar en el Sorteo ha sido creado o legítimamente dispuesto por él, o cuenta con título suficiente para autorizar su uso y cesión.
b) Ha obtenido, con carácter previo a su publicación, el consentimiento expreso de todas las personas que aparezcan identificables en el vídeo o en las fotografías, en la extensión necesaria para permitir la participación en el Sorteo y la cesión de derechos prevista en estas Bases.
c) El contenido no infringe derechos de terceros ni normativa alguna.
d) Asume en exclusiva cualquier responsabilidad derivada de reclamaciones de terceros por falta de autorización, vulneración de derechos o incumplimiento normativo.
e) Mantendrá indemne a ESCALA DUBAI frente a cualquier reclamación judicial o extrajudicial, sanción, coste, daño, perjuicio, gasto o indemnización derivada directa o indirectamente del contenido aportado o de la falsedad o inexactitud de las manifestaciones realizadas.

CLÁUSULA 8.- PREMIO
Se sorteará un (1) premio consistente en:
dos (2) billetes de avión con un valor máximo total conjunto de doscientos cincuenta euros (250 €).
A los efectos de estas Bases, el valor máximo total del premio es 250 euros en su conjunto, y no 250 euros por cada billete individual. Por tanto, el importe total máximo asumido por ESCALA DUBAI para ambos billetes será de 250 €, impuestos y/o gastos incluidos únicamente cuando así lo determine expresamente la Organización o el proveedor correspondiente.
Condiciones del premio:

  1. El premio se limita a un importe máximo total conjunto de 250 € para los dos billetes.
  2. Si el coste final de los billetes seleccionados superara dicho importe máximo total, la diferencia deberá ser asumida íntegramente por el ganador.
  3. Si el coste final fuera inferior a 250 €, el ganador no tendrá derecho a percibir en metálico, bono, saldo, vale o compensación alguna por la diferencia.
  4. El premio no será canjeable por dinero.
  5. El premio no será reembolsable, negociable ni transferible a terceros, salvo autorización expresa y escrita de la Organización.
  6. El premio estará sujeto a disponibilidad de plazas, rutas, fechas, condiciones tarifarias y operativas del proveedor de transporte o agencia que gestione su emisión.
  7. La Organización podrá determinar, en función de criterios de disponibilidad, operativa y coste, el canal, agencia, plataforma o proveedor a través del cual se materializará el premio.
  8. La Organización no asumirá costes adicionales no incluidos expresamente, tales como equipajes especiales, selección de asiento, embarque prioritario, seguros opcionales, tasas adicionales no incluidas en la tarifa base elegida, traslados, alojamiento, manutención, documentación, visados o gastos personales del ganador y/o acompañante.
  9. El premio estará sujeto a las condiciones del transportista o intermediario emisor de los billetes.
  10. El ganador debe avisar con un mínimo de sesenta días de antelación a la fecha del viaje solicitado de la ruta del mismo. Una vez gestionada la reserva, las fechas y nombre de los viajes seleccionados no se pueden modificar.
  11. El ganador y su acompañante deben tener 18 años o más y, al menos una de las dos personas que viajen deberá ser mayor de 21 años.
    Excepcionalmente a lo anterior, si el ganador quiere invitar a un menor de 18 años como acompañante, el ganador debe ser o bien el progenitor o tutor legal del menor para poder viajar juntos y disfrutar del premio. En este caso, el ganador deberá tener al menos 21 años y tanto ganador como acompañante deberán cumplir la normativa aplicable en relación con viajes realizados con menores.
  12. El Premio no podrá venderse, ofrecerse a la venta ni utilizarse en relación con ningún otro concurso o promoción por parte del Ganador. El nombre del segundo viajero tampoco podrá ser seleccionado mediante ningún otro concurso, promoción o evento comercial.

La Organización podrá establecer un plazo concreto para la gestión, emisión o disfrute del premio, comunicándoselo al ganador en el momento oportuno. En caso de no atender el ganador a los requerimientos de gestión dentro del plazo indicado, podrá perder su derecho al premio.

CLÁUSULA 9.- FISCALIDAD DEL PREMIO
A los premios del Sorteo les será de aplicación la normativa tributaria española vigente y, en particular, cuantas disposiciones resulten aplicables en materia de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, retenciones, ingresos a cuenta o cualquier otra obligación fiscal.
Dado que el valor máximo conjunto del premio objeto de este Sorteo es de 250 euros, la fiscalidad aplicable se determinará conforme a la normativa vigente en el momento de la entrega o puesta a disposición del premio. En caso de resultar legalmente procedente practicar retención o ingreso a cuenta, la Organización actuará conforme a Derecho. En caso contrario, corresponderá al ganador cumplir con las obligaciones tributarias que le pudieran resultar exigibles.
El ganador deberá facilitar a la Organización cuantos datos y documentos sean necesarios para el adecuado cumplimiento de las obligaciones fiscales y administrativas, en su caso.

CLÁUSULA 10.- SELECCIÓN DEL GANADOR
El Sorteo se resolverá a partir del cierre de la convocatoria, esto es, a partir del lunes 20 de abril de 2026, mediante un sistema de selección aleatoria entre todas las participaciones válidas que cumplan los requisitos de estas Bases.
La Organización podrá utilizar, a su elección, una herramienta de selección aleatoria, una plataforma de sorteos, un sistema propio verificable o cualquier otro mecanismo objetivo que garantice la aleatoriedad del resultado.
Además del ganador, la Organización podrá designar uno o varios participantes suplentes, que sustituirán al ganador por orden de extracción en caso de renuncia, imposibilidad, falta de respuesta, incumplimiento de requisitos o cualesquiera otras circunstancias que impidan la adjudicación efectiva del premio al ganador inicial.
La decisión de la Organización en relación con la validación de participaciones, selección de ganador, suplentes y adjudicación final del premio será vinculante.

CLÁUSULA 11.- COMUNICACIÓN DEL GANADOR Y ENTREGA DEL PREMIO
El ganador será comunicado por la Organización mediante mensaje directo en Instagram, mención pública, comentario en la publicación del Sorteo o por cualquier otro medio de contacto que la Organización estime adecuado.
Una vez contactado, el ganador deberá responder dentro del plazo que le indique la Organización y facilitar la documentación e información que le sea requerida para:
• acreditar su identidad y mayoría de edad;
• verificar el cumplimiento de los requisitos de participación;
• tramitar la entrega o reserva del premio;
• y, en su caso, cumplimentar los documentos de aceptación, autorización, responsabilidad o cesión que resulten necesarios.
En caso de que no fuera posible localizar al ganador en 48 horas, de que éste no respondiera dentro del plazo indicado, rehusara el premio, no acreditara su identidad o incumpliera cualquiera de los requisitos establecidos en estas Bases, perderá automáticamente su derecho al premio, que podrá ser adjudicado al suplente correspondiente.
Una vez aceptado el premio, el ganador autoriza a ESCALA DUBAI a publicar su nombre, nombre de usuario, imagen o referencia pública de ganador en sus redes sociales, página web y demás canales de comunicación corporativos, sin que ello genere derecho a compensación económica alguna.

CLÁUSULA 12.- CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN, VOZ Y DEMÁS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN DEL CONTENIDO
La participación en el Sorteo comporta, como condición esencial de participación, la cesión expresa, gratuita, plena, irrevocable, no exclusiva, con facultad de cesión a terceros vinculados o colaboradores de la Organización y por el máximo plazo legalmente permitido, a favor de ESCALA DUBAI, de todos los derechos de explotación que pudieran corresponder sobre el contenido aportado o utilizado para participar, así como de los derechos de imagen y voz de las personas que aparezcan en dicho contenido, en la medida en que el participante tenga capacidad de otorgarlos o de autorizar su uso conforme a estas Bases.
La cesión comprende, con carácter enunciativo y no limitativo:
• los derechos de reproducción;
• distribución;
• comunicación pública;
• puesta a disposición interactiva;
• transformación;
• edición;
• adaptación;
• sincronización;
• doblaje, subtitulado o traducción;
• compresión, digitalización, retoque, recorte o modificación técnica;
• incorporación a obras compuestas, campañas, anuncios, reels, stories, posts, piezas digitales, catálogos, dossieres, soportes editoriales o comerciales y cualesquiera otros materiales promocionales o publicitarios.
La cesión se realiza para todo el mundo, sin limitación territorial, y para cualquier soporte, formato, medio, canal o tecnología actualmente conocida o que pueda desarrollarse en el futuro, incluyendo a título ejemplificativo:
• redes sociales;
• páginas web;
• newsletters;
• plataformas digitales;
• campañas publicitarias online y offline;
• soportes impresos;
• cartelería;
• presentaciones corporativas;
• medios audiovisuales;
• acciones promocionales y comerciales;
• medios internos y externos de comunicación.
La cesión comprenderá asimismo el derecho de ESCALA DUBAI a utilizar total o parcialmente el contenido, por separado o integrado con otros materiales, así como a anonimizarlo, modificarlo, adaptarlo al formato publicitario o corporativo requerido, incorporar grafismos, textos, música, locuciones u otros elementos creativos, sin que ello otorgue al participante derecho alguno de oposición, reclamación o compensación, siempre dentro del respeto a la legalidad vigente.
La participación en el Sorteo implica que el participante autoriza expresamente a ESCALA DUBAI a explotar comercial, promocional, publicitaria y corporativamente el contenido presentado, sin derecho a remuneración, canon, regalía, indemnización o contraprestación económica adicional alguna.

CLÁUSULA 13.- CESIÓN Y AUTORIZACIÓN RESPECTO DE LAS PERSONAS QUE APAREZCAN EN EL CONTENIDO
El participante declara y garantiza que ha informado debidamente y ha obtenido el consentimiento válido, previo y suficiente de todas las personas físicas identificables que aparezcan en el vídeo o en las fotografías, para:
a) su captación y grabación;
b) su publicación en Instagram con motivo del Sorteo;
c) su participación indirecta en el Sorteo;
d) la cesión a favor de ESCALA DUBAI de los derechos de imagen, voz y explotación del contenido en los términos recogidos en estas Bases.
En consecuencia, el participante asume la obligación de contar con todas las autorizaciones necesarias de terceros y será el único responsable frente a cualquier reclamación derivada de la aparición de terceros en el contenido.
ESCALA DUBAI podrá requerir al participante, en cualquier momento, evidencia documental de tales autorizaciones. La negativa o imposibilidad de aportarlas facultará a la Organización para excluir al participante o retirar el contenido del proceso de selección o de sus canales de difusión, sin derecho a indemnización.

CLÁUSULA 14.- MENORES DE EDAD QUE APAREZCAN EN EL CONTENIDO
En el supuesto de que en el vídeo o en las fotografías aparezcan menores de edad, el participante declara y garantiza, bajo su exclusiva responsabilidad, una de las siguientes circunstancias:
a) que ostenta la patria potestad o representación legal del menor; o
b) que ha obtenido de forma previa, expresa y suficiente la autorización del padre, madre, tutor o representante legal del menor para su captación, publicación, participación indirecta en el Sorteo y cesión de derechos en los términos previstos en estas Bases.
En ningún caso la mera participación permitirá al participante disponer válidamente de derechos de menores ajenos sin título jurídico suficiente. Por ello, el participante será el único responsable de que la presencia de menores en el contenido cumpla íntegramente la normativa aplicable en materia de protección de menores, derecho a la propia imagen y protección de datos.
El participante declara asimismo que la difusión del contenido en que aparezcan menores:
• no perjudica su interés superior;
• no vulnera su honor, intimidad, seguridad o dignidad;
• y se ha realizado con el consentimiento legalmente exigible.
La participación con contenido en el que aparezcan menores faculta a ESCALA DUBAI, en función de criterios de prudencia, cumplimiento normativo o protección reputacional, a:
• solicitar documentación adicional acreditativa de la representación o autorización;
• rechazar, excluir o no difundir dicho contenido;
• o limitar su utilización posterior, incluso cuando el participante haya resultado ganador.
Adicionalmente, en caso de aparición de menores de edad en el contenido, la Organización podrá exigir la firma de un consentimiento o autorización específica adicional e independiente de estas Bases, suscrita por el padre, madre, tutor o representante legal del menor, como condición necesaria para admitir la participación, mantenerla válida o proceder, en su caso, a la difusión, utilización o explotación del contenido. La falta de firma o aportación de dicho consentimiento adicional facultará a la Organización para rechazar, excluir, invalidar la participación o dejar sin efecto la adjudicación del premio, sin derecho a indemnización o compensación alguna.
El participante exonera y mantendrá indemne a ESCALA DUBAI de cualquier reclamación relacionada con la aparición de menores en el contenido cuando dicha reclamación tenga su origen en la falta de legitimación, autorización o incumplimiento de deberes legales por parte del participante.

CLÁUSULA 15.- RESERVA DE DERECHOS DE ESCALA DUBAI SOBRE EL CONTENIDO
ESCALA DUBAI no estará obligada a publicar, difundir, reutilizar o explotar la totalidad o parte del contenido remitido por los participantes, aun cuando éstos resulten ganadores o finalistas.
La Organización podrá retirar, dejar de utilizar o eliminar cualquier contenido en cualquier momento, por razones legales, reputacionales, comerciales, editoriales, técnicas o estratégicas, sin que ello genere derecho a compensación alguna.
Del mismo modo, ESCALA DUBAI podrá decidir no utilizar contenido alguno aportado al Sorteo sin necesidad de motivar su decisión.

CLÁUSULA 16.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Responsable del tratamiento:
Beatclap S.L., con domicilio en Calle Pedro Muñoz Seca, 2, 6ª planta, 28001 Madrid (España) y NIF B01716257.
Correo de contacto en materia de privacidad: dpto.legal@beatclap.com.
Finalidad del tratamiento:
Gestionar la participación en el Sorteo, verificar el cumplimiento de requisitos, contactar con los participantes y el ganador, tramitar la entrega y disfrute del premio, gestionar eventuales obligaciones fiscales y administrativas, así como, en su caso, gestionar la difusión del resultado del Sorteo y el uso del contenido y de la imagen cedidos conforme a estas Bases.
Base jurídica del tratamiento:
La ejecución de la relación promocional derivada de la participación en el Sorteo, el consentimiento manifestado mediante la participación y, en su caso, el cumplimiento de obligaciones legales.
Datos tratados:
Datos identificativos y de contacto, nombre y apellidos, nombre de usuario en Instagram, imagen, voz, contenido publicado, datos de documentación identificativa, datos necesarios para la gestión del premio, y cualesquiera otros que resulten necesarios para las finalidades indicadas.
Destinatarios:
Podrán acceder a los datos proveedores que presten servicios a ESCALA DUBAI relacionados con la gestión del Sorteo, servicios tecnológicos, asesoría legal o fiscal, agencia creativa o de redes sociales, plataforma de sorteos, agencia de viajes o proveedor emisor del premio, actuando por cuenta de ESCALA DUBAI o como terceros autónomos cuando resulte necesario para la gestión efectiva del premio. También podrán comunicarse datos a Administraciones Públicas cuando exista obligación legal.
Transferencias internacionales:
La publicación de contenidos o de la identidad del ganador en redes sociales o plataformas digitales puede implicar transferencias internacionales de datos a países cuya normativa no ofrezca un nivel de protección equivalente al europeo. La participación en el Sorteo y la publicación del contenido en redes sociales por el propio participante suponen el conocimiento de dicha circunstancia, sin perjuicio de las medidas que ESCALA DUBAI pueda adoptar de conformidad con la normativa aplicable.
Plazo de conservación:
Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para la gestión del Sorteo, la entrega del premio, la atención de responsabilidades legales y contractuales y, respecto del contenido y derechos cedidos, durante el tiempo en que la cesión permanezca vigente y resulte necesario para las finalidades autorizadas.
Derechos:
Los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, cuando procedan, mediante comunicación escrita a [EMAIL / DIRECCIÓN POSTAL], acompañando copia de documento acreditativo de identidad. Asimismo, tendrán derecho a presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos si consideran que el tratamiento no se ajusta a la normativa aplicable.

CLÁUSULA 17.- EXCLUSIONES, DESCALIFICACIÓN Y PÉRDIDA DEL PREMIO
Serán excluidos del Sorteo, o perderán el derecho al premio en su caso, los participantes que:
a) incumplan cualquiera de las presentes Bases;
b) faciliten datos falsos, inexactos o incompletos;
c) no acrediten su identidad, mayoría de edad, residencia o legitimación cuando les sea requerido;
d) utilicen perfiles falsos, múltiples, automatizados o fraudulentos;
e) vulneren derechos de terceros o la normativa aplicable;
f) manipulen o intenten manipular el normal desarrollo del Sorteo;
g) no respondan en plazo a la comunicación de la Organización;
h) no aporten, cuando les sea requerida, la documentación justificativa sobre autorizaciones de terceros o menores.
La exclusión de un participante conllevará la pérdida automática de todos los derechos derivados de su participación.

CLÁUSULA 18.- EXENCIÓN Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
ESCALA DUBAI no será responsable de:
• incidencias, errores, interrupciones, caídas o mal funcionamiento de Instagram o de cualesquiera plataformas, redes, sistemas o servicios de internet;
• problemas técnicos, informáticos, telemáticos o de conectividad que impidan la participación o comunicación con el ganador;
• errores en los datos facilitados por los participantes que impidan su identificación o contacto;
• la imposibilidad de disfrutar total o parcialmente del premio por causas ajenas a la Organización;
• actuaciones del proveedor del transporte, intermediarios o terceros;
• reclamaciones de terceros derivadas del contenido publicado por el participante o de la falta de autorizaciones necesarias;
• cancelaciones, cambios, restricciones, incidencias operativas o de disponibilidad que afecten al premio.
La Organización tampoco será responsable en caso de fuerza mayor, caso fortuito, decisiones administrativas, restricciones sanitarias, incidencias operativas del transportista, conflictos laborales, catástrofes naturales, fallos de suministro, ciberataques o cualquier otra circunstancia ajena a su control que impida o dificulte el desarrollo del Sorteo o la entrega del premio.
En tales supuestos, ESCALA DUBAI podrá suspender, modificar, cancelar o aplazar el Sorteo o sustituir el premio por otro de valor equivalente, sin que de ello derive derecho a indemnización.

CLÁUSULA 19.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y AUTORIZACIONES
El mero hecho de participar en el Sorteo implica:

  1. la aceptación íntegra de las presentes Bases;
  2. la declaración responsable del participante de cumplir todos los requisitos exigidos;
  3. la garantía de contar con derechos y autorizaciones suficientes sobre el contenido y sobre las personas que aparezcan en él;
  4. la aceptación expresa de la cesión de derechos prevista en estas Bases;
  5. la asunción de responsabilidad exclusiva por el contenido aportado y por la licitud de su utilización.
    Si cualquier cláusula fuese declarada nula o inaplicable, ello no afectará a la validez del resto de las Bases, que permanecerán en vigor.

CLÁUSULA 20.- MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DEL SORTEO
ESCALA DUBAI se reserva el derecho de modificar, interpretar, suspender, aplazar o cancelar el Sorteo, total o parcialmente, por causa justificada, incluyendo, entre otras, causas técnicas, operativas, legales, comerciales, reputacionales o de fuerza mayor.
Cualquier modificación relevante de las Bases será comunicada a los participantes por los medios que la Organización estime oportunos.

CLÁUSULA 21.- INSTAGRAM
Instagram no patrocina, avala, administra ni está asociado de modo alguno a este Sorteo. Los participantes exoneran a Instagram de cualquier responsabilidad derivada del desarrollo del mismo.
La relación jurídica derivada del Sorteo se establece exclusivamente entre los participantes y ESCALA DUBAI.

CLÁUSULA 22.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Las presentes Bases se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación española común.
Cualquier reclamación relacionada con el Sorteo deberá dirigirse por escrito a ESCALA DUBAI en la dirección o correo electrónico que se indique en la cláusula de protección de datos o en la publicación promocional.
En caso de controversia sobre la interpretación, validez, ejecución o cumplimiento de estas Bases, y salvo que la normativa imperativa disponga otra cosa, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

CLÁUSULA 23 REFUERZO JURÍDICO
La participación en este Sorteo supone la aceptación expresa de que ESCALA DUBAI pueda utilizar, reproducir, editar, adaptar, transformar, comunicar públicamente, distribuir y explotar, por sí o por terceros autorizados, las fotografías y/o vídeos remitidos o publicados por los participantes, así como la imagen, voz, nombre y cualesquiera otros elementos personales incorporados en ellos, para fines promocionales, publicitarios, comerciales y corporativos, en cualquier soporte, formato, canal, medio y territorio, durante el máximo plazo legalmente permitido y sin derecho a contraprestación alguna. El participante declara y garantiza disponer de legitimación suficiente para otorgar dicha autorización respecto de sí mismo y de todas las personas que aparezcan en el contenido, incluyendo, en su caso, menores de edad respecto de los cuales ostente representación legal o autorización válida de sus representantes legales.
En caso de que en el contenido aparezcan menores de edad, el participante acepta expresamente que ESCALA DUBAI pueda exigir, adicionalmente, la firma de una autorización o consentimiento específico e independiente por parte del padre, madre, tutor o representante legal del menor, como requisito para la validez de la participación, la eventual condición de ganador y/o el uso posterior del contenido. Asimismo, la participación en el Sorteo queda supeditada a la superación de un mínimo de treinta y una (31) participaciones válidas, pudiendo la Organización cancelar o dejar sin efecto el Sorteo si no se alcanzara dicho mínimo.